La iniciativa busca "proteger el sistema de seguridad social de abusos y fraudes". Se establecen multas y sanciones penales.
La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que endurece la fiscalización del sistema de licencias médicas.
La iniciativa se originó en un texto presentado por el Ejecutivo, y durante esta jornada el texto se revisó tras los acuerdos alcanzados en comisión mixta que fueron aprobados la semana pasada por el Senado.
La propuesta
Del acuerdo a la Cámara, la iniciativa modifica la ley 20.585 que regula el otorgamiento y uso de licencias médicas. Su objetivo es fortalecer las facultades que tienen los organismos reguladores y fiscalizadores.
En concreto, busca “proteger el sistema de seguridad social de abusos y fraudes. Así, se espera garantizar el correcto uso y otorgamiento de las licencias médicas a usuarios legítimos. Por otra parte, se promueve la transparencia y eficacia del sistema”.
En términos generales, el articulado apunta a los siguientes aspectos:
- Aumento sustancial de las multas.
- Incremento de los periodos de suspensión para emitir futuras licencias médicas.
- Facultades administrativas que permitan la notificación electrónica a los profesionales investigados, para una mayor efectividad del proceso sancionatorio.
- Genera la obligación del profesional investigado de acompañar la ficha clínica o algún otro documento que acredite la atención médica.
- Otorga facultad para investigar a contralores médicos de la Compin y de las isapres.
- Aumenta la facultad y herramientas para un mejor control de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y la Compin. En particular, se les otorga competencia para suspender la emisión directa de licencias médicas.
Qué dice la normativa
Entre las normas, el texto establece que solo podrán emitir licencias médicas los médicos cirujanos, cirujano dentistas o matronas que “se encuentren debidamente inscritos y legalmente habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud que dispone la Superintendencia de Salud”.
En el caso de los médicos cirujanos que hayan obtenido o revalidado su título de médico cirujano a partir del 19 de abril de 2019, se les exigirá además haber aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina.
En tanto, las licencias médicas electrónicas se realizarán en un formulario especial electrónico, en el cual quedarán registradas todas las certificaciones, resoluciones y autorizaciones que procedan.
“De forma excepcional, podrán emitirse en soporte de papel por falta de medios tecnológicos o de conectividad. También en casos de profesionales autorizados previamente por la respectiva Compin”, indica el texto.
Investigaciones
La normativa también identifica causales en las que se puede iniciar un procedimiento de investigación.
Para ello, se atenderá la falta de fundamento médico, es decir, “carencia de una patología que produzca incapacidad laboral temporal por el período y la extensión del reposo prescrito o sin una atención de salud asociada a su emisión”.
También se especifican los procedimientos que deben seguir las partes y los efectos para los investigados en caso de que no entreguen la documentación requerida.
Entre las sanciones, por ejemplo, se incluye “la suspensión de la facultad para otorgar licencias médicas, que va hasta 180 días, en el primer tramo; a una condición perpetua, en el último. Junto a ello, se consideran multas que llegarán hasta 140 UTM, en el primer tramo, y hasta 600 UTM, para el más grave”.
Además, se señala que se enviarán al Ministerio Público los casos en que se haya acreditado la falsedad de las licencias otorgadas y se indican las sanciones penales para los infractores en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o declaraciones de invalidez que sean falsas.